Un fiscal de menores apeló el fallo de la jueza Pascual que suspendió la nueva Ley Penal Juvenil en Provincia

Un fiscal de menores apeló este miércoles el polémico fallo de la jueza Marta Pascual, que suspendió la nueva Ley Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires. Se trata de Hernán Ceruti, titular de la Fiscalía en lo Penal Juvenil de Lomas de Zamora.

En su presentación el representante del Ministerio Público advirtió que “la decisión ocasiona un gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad en tanto, mediante una acción de hábeas corpus, se dispone la suspensión general de una ley nacional regularmente sancionada, promulgada y entrada en vigencia, sin que se haya acreditado la existencia de un acto u omisión concreto, ilegal o arbitrario, que produzca una afectación actual o inminente de la libertad personal de los adolescentes comprendidos en la acción”.

En este sentido, Ceruti agrega: “Además entiendo humildemente que la decisión tomada por la Sra. Juez se extralimita, avasallando la labor propia de otro de los poderes del Estado, afectando así esencialmente la división de poderes y la forma Republicana de Gobierno”.

En el documento al que tuvo acceso Clarín, el fiscal cuestiona que Pascual haya proyectado sobre toda la Provincia los problemas detectados en el centro socioeducativo de Lomas de Zamora, sin realizar un relevamiento actualizado de los demás establecimientos. Además, remarca que la ley no dispone que todos los adolescentes alcanzados deban quedar privados de su libertad, ya que contempla distintas respuestas según cada caso.

Por eso, entiende que el fallo convierte una posibilidad en una certeza. Asimismo, señala que si existen situaciones de hacinamiento o centros inadecuados (principal argumento discurso de la magistrada), la Justicia puede limitar alojamientos, ordenar obras, disponer traslados o intervenir en casos particulares. Pero esas deficiencias no justifican suspender una ley nacional completa.

Otro cuestionamiento es que la jueza suspendió la norma antes de realizar la audiencia en la que los funcionarios provinciales deberán informar sobre los recursos y planes disponibles. Según Ceruti, primero tomó la medida y después ordenó reunir las pruebas para justificarla.

Este recurso se suma a la denuncia penal que la ONG Usina de Justicia, creada por Diana Cohen Agrest, presentó en las últimas horas contra la misma magistrada por idéntico motivo.

“El Fiscal sostuvo exactamente los mismos fundamentos de nuestra impugnación: la Juez no se basó en pruebas ni informes sino en una hipótesis de futuro (futurología), ‘extralimitándose en sus funciones y avasallando la división de poderes Republicana'”, aseguró en diálogo con Clarín Fernando Soto, abogado de Usina de Justicia, exasesor de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad y quien hizo la presentación formal de la denuncia contra Pascual.

La mencionada ONG realizó dos presentaciones judiciales ante la decisión que suspendió preventivamente por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. Solicitó intervenir como amicus curiae en el habeas corpus que dio origen a la medida y, en una actuación separada, formuló una denuncia penal contra la jueza Pascual por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad.

Esa figura le permite a la ONG, que no es parte directa del juicio, acercar al tribunal argumentos, que podrían ser tenidos en cuenta o no al momento de la decisión judicial.

Ley Penal Juvenil: los detalles de su polémica suspensión en Provincia ordenada por la jueza Marta Pascual

La decisión de suspender la nueva Ley Penal Juvenil en territorio bonaerense fue adoptada por el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, a cargo de Pascual, en la causa 40881-HC, “Federación Familia Grande Hogar de Cristo s/ Habeas Corpus Preventivo Colectivo”.

La jueza, además de ordenar ese freno, convocó a una audiencia para el 16 de septiembre, en la que autoridades provinciales deberán informar sobre las medidas adoptadas y previstas para su implementación. La ONG también pidió poder participar de esa reunión.

La decisión no derogó ni anuló la Ley 27.801 que entró en vigencia esta semana, sino que dispuso temporalmente que no sea aplicada en la provincia de Buenos Aires.



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